1 - PRE INSCRPCION:
Es el procedimiento por el cual una persona física , en calidad del jefe del grupo familiar interesado, solicita al Estado Provincial la inscripción al Programa Habitacional vigente, en calidad de postulante a una solución habitacional. Este trámite es personal.
Para el inicio del trámite debe presentar formulario/nota de inscripción junto con la siguiente documentación:
- Fotocopia de DNI de todo el grupo familiar
- Fotocopia de partida de nacimiento de los hijos
Esta etapa de preinscripción cerró el 2 de Mayo de 2016.-
2 - CRUCE DE INFORMACION:
La documentación presentada por cada grupo familiar aspirante a ser incorporado al Padrón de inscriptos en el Programa Jujuy Hábitat, es registrada en un sistema pasando a la etapa de cruce de información. En dicho cruce se corrobora la veracidad de la documentación presentada, la no tenencia de Registro Inmobiliario, la no tenencia de beneficio de Viviendas I.V.U.J., la no tenencia de expedientes o decreto en Tierras Fiscales, así mismo se efectúa cruce de datos en el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social para determinar otros parámetro socio-económicos.
De allí se obtiene el informe integral del grupo familiar, logrando a partir de ese momento la calidad de APTO (quienes reúnen todos los requisitos según las normativas vigentes para acceder a un lote fiscal), o la calidad de OBSERVADO (quienes por alguna razón no cumplen con los requisitos exigidos).
3 - INCORPORACION AL PROGRAMA JUJUY HABITAT
Ingresan al Programa “Jujuy Hábitat” quienes estén inscriptos a partir del año 2011 en el denominado “Un Lote para cada Familia Jujeña que lo necesite” y quienes hayan presentado documentación y ficha de solicitud hasta el día 2 de Mayo de 2016.
4 - SITUACION:
APTO: grupo familiar que no presente observaciones en el entrecruzamiento de datos.
Aptos con urgencia social: Calificación para efectos de priorización. Es el procedimiento mediante el cual, el Estado, empleando indicadores de riesgo social, con informe socio-económico-ambiental, dispone la prioridad de la asistencia directa al grupo familiar en situación de riesgo. Por lo cual se conformará un listado especial, adjunto y público. (Cupo de hasta un 20% del total de soluciones habitacionales a adjudicar).
Aptos por relocalizaciones: Calificación para efectos de priorización. Es el procedimiento mediante el cual, el Estado, empleando indicadores de riesgo social, con informe socio-sanitario, dispone la prioridad de la asistencia directa al grupo familiar en situación de zona de desastre o riesgo no recuperable o por razones de obras de interés general. Por lo cual se conformará un listado especial, adjunto y público. (Cupo de hasta un 20% del total de soluciones habitacionales a adjudicar).
NO APTO: grupo que tiene alguna observación en su situación de postulante.
Tipos de observaciones:
• Algún miembro del grupo posee propiedad inmueble.
• Algún miembro del grupo ya es beneficiario de alguna solución habitacional del Estado.
• Titular o cotitular extranjeros.
• Inscripción repetida o duplicada en la misma o distinta localidad de la provincia.
• Persona no identificada, con los datos proporcionados no se puede validar la identidad de la persona.
• Algún miembro del grupo posee decreto de tierra fiscal
• Algún miembro del grupo posee expediente de tierra fiscal
• Personas solas o sin carga familiar
5 - ADJUDICACIÓN:
Es la actividad por medio de la cual el Estado designa a las familias beneficiadas con una solución habitacional.
MODALIDAD SORTEO
Inscripción al sorteo: la inscripción al sorteo será vía web, a través de la página web de la Secretaría de ordenamiento Territorial y Vivienda: secotyv.jujuy.gob.ar
Los postulantes podrán verificar su situación donde:
- Los postulantes APTOS deberán inscribirse(UNICAMENTE vía web) al sorteo de lotes fiscales.
- Los postulantes NO APTOS podrán consultar sobre las observaciones y presentarse para regularizar su situación. No pudiendo postularse en el primer sorteo
Participarán del sorteo todos los grupos familiares APTOS y que se inscriban al sorteo.
El sorteo se realizará con la intervención del Banco de Desarrollo Humano de la Provincia (BAS).
El mismo será público y televisado por canal de aire.
6 - APLICACIÓN Y ENTREGA
Se publicará la nómina de beneficiarios/as del sorteo en la página de internet de la Secretaria.
Los grupos familiares seleccionados deberán presentarse en la Dirección de Hábitat e Inclusión en el plazo perentorio de 30 (treinta) días hábiles, contados desde el momento de la publicación on line del resultado del sorteo, a notificarse de la adjudicación y de las obligaciones que trae aparejada la misma. Caso contrario pierde el beneficio de adjudicación de pleno derecho, por lo que se procederá a comunicar al nuevo grupo familiar de su beneficio, y comenzarán a correr los plazos respectivos nuevamente a partir de su publicación online.
En el momento que se notifique deberá cumplimentar con la presentación de documentación faltante o actualizada, según se requiera. Se procederá a corroborar dicha documentación y verificar que se sigan dando las condiciones según reglamentación vigente. Una vez aceptado y fehacientemente notificado de la adjudicación, el Estado a través de la Dirección de Hábitat e inclusión procederá a la ubicación de la solución habitacional, acto de entrega y posesión de la misma.
Quedando constancia de ello, con firma de doble ejemplar.